Procesos de Selección
“Se informa que el JUZGADO SEXTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 110013107006202400163 (4285-6), Interpuesta por el aspirante Johan Andrey Calderón Campos ordenó la publicación en la página web dispuesta para el Proceso de Selección No. 2509- AEROCIVIL PRIMERA FASE del escrito de tutela, a fin de comunicar de la presente determinación a todos los participantes de la convocatoria de concurso de méritos de la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, denominado “Proceso de Selección No. 2509 – AEROCIVIL PRIMERA FASE” para el cargo de INSPECTOR DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL II, GRADO 23, CODIGO 62, número de empleo 209987. Para que, si lo desean, se pronuncien sobre la acción instaurada y alleguen las pruebas que consideren pertinentes.”
PALABRA
Descargar“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-3109-052-2021-00206-01, interpuesta por la señora MARÍA DEL PILAR RENGIFO CANO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones de la accionante”.
Se informa que el JUZGADO 48 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora RUBY BERNARDITA PARRADO AGUDELO CONTRA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y UNIVERSIDAD LIBRE., bajo Rad No. 2021-0202, en el auto del 5 de noviembre de 2021. Resolvió: PRIMERO: NEGAR medida provisional alguna, para la ciudadana Ruby Bernardita Parrado Agudelo, por las razones aducidas. SEGUNDO: AVOCAR el conocimiento de la acción de tutela presentada por la ciudadana Ruby Bernardita Parrado Agudelo, en contra de Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, y Universidad Libre. De acuerdo con los hechos de tutela, se dispone la vinculación de la Secretaría Distrital de Movilidad, para que se pronuncie respecto de los hechos de tutela. TERCERO: Para dar publicidad a la presente acción de tutela, se ORDENA a las entidades accionadas Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, y Universidad Libre, PUBLICAR en sus respectivas páginas web institucionales la presente demanda de tutela. Así quienes tengan un interés legítimo, pueden hacerse partícipes como terceros coadyuvantes de las partes involucradas, de conformidad con las consideraciones esbozadas. CUARTO: CORRER traslado a la accionada y vinculada, para que dentro del término de un día (1) hábil e improrrogable ejerzan el derecho a la defensa y contradicción; y brinden la información pertinente a través de la dirección electrónica del juzgado. (…)”.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora JOSÉ LUIS CAJAR ÁLVAREZ CONTRA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC Y OTROS, bajo RAD No. 08-001-31-10-002-2021-00284-00, en el auto del 2 de septiembre de 2021. Ordena: Ordénese a la Comisión Nacional del Servicio Civil, Universidad Libre, Comisión de Personal de la Alcaldía Distrital de Barranquilla y Alcaldía Distrital de Barranquilla que notifiquen este proveído y el de fecha 23 de agosto de 2021, a este trámite a todos los inscritos al proceso descrito con anterioridad a través de los correos electrónicos informados y de la página web de cada una de las entidades, de lo cual deberá dar cuenta inmediatamente a este juzgado, adjuntando las pruebas de la publicación ordenada. (…)”.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora DIANA MARCELA FIGUEREDO RINCÓN CONTRA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE, bajo RAD No. 110013403 002 2021 00138 00, en el auto del 2 de julio de 2021. Ordena: se ordena a la Comisión Nacional del Servicio Civil y a la Universidad Libre poner un aviso público en la página web que dispone para las comunicaciones oficiales de la referida convocatoria, así mismo, al correo electrónico de los aspirantes de la referida OPEC que garantice el conocimiento de los participantes. Lo anterior para que si lo consideran pertinente intervengan en el presente asunto. (…)”.
Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y SIETE CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor ALEX FERNANDO VALENCIA AMAYA CONTRA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE Y EL INSTITUTO DISTRITAL DE PROTECCIÓN Y LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD, bajo RAD No. 47-2021-00379-00, en el auto del 9 de julio de 2021. Resuelve: 1.- TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE Y LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD. para que, por conducto de dichas entidades, se notifique a todos interesados dentro del "No. 1487 de 2020 - DISTRITO CAPTAL 4", donde el actor de estas diligencias es interesado, publicando un aviso en la página Web y arrimando las pruebas a que tenga lugar. (…)”.
Asuntos judiciales CNSC
Para la recepción Exclusiva de las notificaciones dirigidas a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC; escribe un correo electrónico a: juridicaconvocatorias@unilibre.edu.co y diego.fernandez@unilibre.edu.co
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